BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS A FAMILIAS CON HIJOS EN 2º CICLO DE EDUCACION INFANTIL, PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DEL CURSO ESCOLAR 2024/25
El Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato, con el fin de ayudar económicamente a las familias residentes y empadronados en esta localidad y con menos recursos, con hijos que realizan estudios de 2º Ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato y Ciclos Formativos, aprueba la convocatoria de ayudas, con arreglo a las siguientes bases:
1ª/.- ESTUDIOS SUBVENCIONABLES:
Aquellas familias empadronadas en esta localidad que tengan hijos cursando los estudios de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y Ciclos Formativos.
No se considerarán estudios subvencionables, los estudios de 1º Ciclo de Educación Infantil y los realizados en Academias de: idiomas, informática, música, artes plásticas, mecanografía, oposiciones etc y cualquier otro centro privado que imparta estudios de educación No reglada. Tampoco serán subvencionables los estudios cursados en escuelas oficales de idiomas, música y danza.
2ª.-QUIENES PUEDEN OPTAR A ESTE TIPO DE AYUDAS:
A/.- Familias que estando empadronadas en esta localidad con anterioridad a la fecha del acuerdo de aprobación de estas bases, tengan algún hijo que realice estudios subvencionables de los que se establecen en las presentes bases
B/.- Aquellos cuya unidad familiar, no supere el umbral de renta establecido en el punto 5º de estas bases. A estos efectos se considerará unidad familiar a todas las personas que convivan o esten empadronadas en el mismo domicilio.
C/.- Los hijos de los Funcionarios y Personal Laboral fijo de este Ayuntamiento podrán optar a estas ayudas y a las que establezcan los respectivos Convenios de funcionarios y personal laboral.
D/.- No se harán efectivas las ayudas económicas establecidas en estas bases, a aquellas Unidades familiares en las que alguno de sus miembros, tenga deudas pendientes en vía ejecutiva por tributos y precios públicos con este Ayuntamiento o recibos pendientes de pago, a nombre de alguno de los miembros de la unidad familiar o en el domicilio declarado, con Aquona SA, concesionaria de los servicios de aguas, hasta tanto no satisfagan las mismas, dentro de los plazos establecidos en la base 6ª letra B de estas bases.
E/.- Asimismo tampoco se harán efectivas las ayudas a las familias en las que alguno de sus miembros tenga libros o material prestado de la Casa de Cultura de Villamuriel de Cerrato, pendientes de devolver y fuera de plazo. (Hasta no devolverlos o abonarlos en el plazo fijado en la base 6-b).
3ª/.- CUANTIAS ECONOMICAS:
– Familias con hijo/s en 2º C. de Educación Infantil y Primaria, 110,00 € por cada hijo
– Familias con hijo/s en Educación Secundaria: 120,00 € por cada hijo
– Familias con hijos en Bachillerato y Ciclos Formativos: 130 € por cada hijo
4ª/.-NORMAS Y CONDICIONES PARA SU SOLICITUD:
Cada familia deberá presentar una solicitud individual por cada estudiante, en las oficinas de este Ayuntamiento dentro del plazo que se establezca, que curse estudios objeto de la subvención., a la cual adjuntará la siguiente documentación:
– Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante.
– Justificante que acredite LA MATRICULA del curso escolar 2024/2025 a subvencionar, en el que deberá figurar el nombre del estudiante, Centro Escolar, su localización y curso que realiza.(Los estudiantes matriculados en alguno de los centros escolares de la localidad de Villamuriel de Cerrato, NO es necesario que acompañe este certificado, ya que la información nos la aportarán los propios centros escolares).
– Justificantes de la DECLARACION DE LA RENTA de la Unidad Familiar del ejercicio de 2023.
– Justificante del Nº DE CUENTA BANCARIA, con 24 dígitos (Código IBAN), donde desea recibir el importe de la Subvención.
Caso de presentar más de una solicitud la documentación común (DNI, renta y nº de cuenta) se presentará una sola vez y se unirá a todas las solicitudes.
5ª/.- LIMITES DEL UMBRAL DE RENTA
Podrá optar a estas ayudas las Unidades Familiares cuya renta anual de la unidad familiar en la que convive el alumno/s no supere la cantidad de 33.250 €.
La Renta anual de la Unidad Familiar se determinará con arreglo al siguiente cálculo:
- De la Declaración de la Renta o del borrador del IRPF del año 2023 se tomará el importe de la casilla 505 (Base Liquidable General), y se deducirá el importe de la casilla 513.
- Para este cálculo se sumará la Base Liquidable General de todas las personas que formen la unidad familiar o que están empadronadas en la residencia familiar.
- El importe o la suma de los importes reflejados en la casilla/s 505, menos el importe o la suma de los importes de la casilla/s 513, el resultado no podrá superar los 33.250 Euros. ( = o inferior a 33.250 €) (*1)
- En caso, de que cualquier miembro de la unidad familiar, No haya presentado Declaración de la Renta en el año 2023 y no tenga borrador de la misma, por no tener obligación de hacerlo, deberá justificar tal circunstancia con Certificado de la Agencia Tributaria.
6ª.- PLAZOS
A/.- Plazo de Solicitud
Las solicitudes se deberán presentar acompañadas de la documentación que se menciona en el punto anterior, en las oficinas de este Ayuntamiento desde en un plazo de 20 Días Naturales desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia de esta convocatoria.
B/.- De Exposición y subsanación de solicitudes:
Conforme el Articulo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre L.P.A.C, el Ayuntamiento comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, requiriendo a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez Días Hábiles se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran se entenderá desistida su petición.
Tras lo anterior se procederá a confeccionar los listados comprensivos de los solicitantes a los cuales se les ha concedido y denegado estas ayudas. Los cuales se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, para que puedan ser examinados por los interesados y presentar las reclamaciones oportunas, en un plazo de diez Días Hábiles .
C/.- De pago:
El Ayuntamiento una vez transcurrido el plazo de exposición pública y de reclamaciones, y resueltas estas, se procederá al ingreso de la cantidad subvencionada a todos los solicitantes que tengan concedida estas ayudas y no estén dentro de los casos contemplados en el punto 2º letras D y E de estas bases, en la cuenta bancaria indicada en la documentación presentada, antes del día 28 de Febrero de 2025.
7ª/.- VIGENCIA DE LAS PRESENTES BASES:
Esta convocatoria tendrá carácter anual. La vigencia de estas bases será hasta el 31 de Diciembre del 2024, pudiéndose eliminar, mantener o cambiar las mismas para el curso escolar 2025/2026 y siguientes, tanto en su cuantía como en cuanto a las normas para su otorgamiento.
Villamuriel de Cerrato a 16 de octubre de 2024.
(*1) La suma de los importes de las casillas 505 y 513 habrá que realizarla cuando se trate de declaraciones individuales de la unidad familiar.
SOLICITUD AYUDA A FAMILIAS CON ESTUDIANTES
Bases y Convocatoria Ayuda a Familias con Estudiantes Curso 2024-2025-1