Bienestar social, Concejalía Barrios y bienestar social, Concejalia cultura y turismo, Concejalía Economía, Concejalía juventud infancia y participación, General, Juventud - infancia

AYUDA TRANSPORTE UNIVERSITARIO 2025-2026 (Plazo de solicitud 13 noviembre-2 diciembre)

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LOS ESTUDIANTES DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS, DEL CURSO ESCOLAR 2025/2026

 

El Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato, con el fin de ayudar económicamente a los estudiantes y sus familias residentes y empadronadas en esta localidad y que realicen estudios fuera de la misma, para lo que necesitan desplazarse a sus centros de enseñanza, aprueba la convocatoria de becas de ayuda, con arreglo a las siguientes bases:

1ª/.- ESTUDIOS SUBVENCIONABLES:

UNIVERSITARIOS: Tendrán la consideración de estudios Universitarios: los estudios de Grados realizados tanto en las Escuelas Universitarias como en las Universidades.

No se considerarán estudios subvencionables: los masters o postgrados, estudios online, los estudios realizados en academias de: idiomas, informática, música, artes plásticas, mecanografía, oposiciones etc.. Así como tampoco los Trabajos de Fin de Carrera.

2ª.-ESTUDIANTES QUE PUEDEN OPTAR A ESTE TIPO DE AYUDAS:

A/.- Aquellos que estando empadronados en esta localidad con anterioridad a la fecha del acuerdo de aprobación de estas bases, cursen fuera de la misma, algún tipo de los estudios subvencionables que se establecen en las siguientes bases.

B/.- Aquellos cuya unidad familiar, no supere el umbral de renta establecido en el punto 5º de estas bases. A estos efectos se considerará unidad familiar a progenitores/tutores e hijos que convivan o esten empadronadas en el mismo domicilio.

C/.- No se harán efectivas las ayudas económicas establecidas en estas bases, a aquellos estudiantes cuya Unidad familiar en la que conviven, tenga deudas pendientes en vía ejecutiva por tributos y precios públicos con este Ayuntamiento o recibos pendientes de pago, a nombre de alguno de los miembros de la unidad familiar o en el domicilio declarado, con Aquona SA, concesionaria de los servicios de aguas, hasta tanto no satisfagan las mismas, dentro de los plazos establecidos en la base 6ª letra B de estas bases.

D/.- Asimismo tampoco se harán efectivas las ayudas a los estudiantes cuya unidad familiar en la que conviven, alguno de sus miembros tenga libros o material prestado de la Casa de Cultura de Villamuriel de Cerrato, pendientes de devolver y fuera de plazo (hasta no devolverlos o abonarlos en el plazo fijado en la base 6-a).

3ª/.- CUANTIAS ECONOMICAS:

A cada estudiante de estudios Universitarios, se le subvencionará con:

– 200,00 € si tienen que realizar un desplazamiento de mas de 30 Km. y acreditan residencia.

– 160,00 € si tiene que realizar un desplazamiento de mas de 30 Km.

– 140,00 € si tiene que realizar un desplazamiento de menos de 30 Km.

4ª/.-NORMAS Y CONDICIONES PARA SU SOLICITUD:

Cada estudiante deberá presentar una solicitud individual, en las oficinas de este Ayuntamiento dentro del plazo que se establezca para cada curso escolar, a la cual adjuntará la siguiente documentación:

– Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante.

– Justificante que acredite LA MATRICULA del curso escolar 2025/2026 a subvencionar, en el que deberá figurar el nombre del Centro Escolar, su localización y curso que realiza.

– Justificante que acredite la residencia efectiva en la ciudad donde se realizan los estudios, caso de optar a este tipo de ayuda.

– Justificantes de la DECLARACION DE LA RENTA de la Unidad Familiar del ejercicio de 2024 (Si no es obligado a declarar, aportar certificado de retenciones o rentas percibidas).

– Justificante del Nº DE CUENTA BANCARIA, con 24 dígitos (Código IBAN), donde desea recibir el importe de la Subvención.

5ª/.- LIMITES DEL UMBRAL DE RENTA

Podrá optar a estas ayudas las Unidades Familiares cuya renta anual de la unidad familiar en la que convive el alumno/s no supere la cantidad de 33.250 €.

La Renta anual de la Unidad Familiar se determinará con arreglo al siguiente cálculo:

– De la Declaración de la Renta o del borrador del IRPF del año 2024 se tomará el importe de la casilla 435 (Base Liquidable General), y se deducirá el importe de la casilla 513.

– Para este cálculo se sumará la Base Liquidable General de todas las personas que formen la unidad familiar o que están empadronadas en la residencia familiar.

– El importe o la suma de los importes reflejados en la casilla/s 505, menos el importe o la suma de los importes de la casilla/s 513, el resultado no podrá superar los 33.250 Euros. ( = o inferior a 33.250 €) (*1)

– En caso, de que cualquier miembro de la unidad familiar, No haya presentado Declaración de la Renta en el año 2024 y no tenga borrador de la misma, por no tener obligación de hacerlo, deberá justificar tal circunstancia con Certificado de la Agencia Tributaria.

6ª.- PLAZOS

A/.- Plazo de Solicitud

Las solicitudes se deberán presentar acompañadas de la documentación que se menciona en el punto anterior, en las oficinas de este Ayuntamiento desde en un plazo de 20 Días Naturales desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia de esta convocatoria.

B/.- De Exposición y subsanación de solicitudes:

Conforme el Articulo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre L.P.A.C, el Ayuntamiento comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, requiriendo a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez Días Hábiles se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran se entenderá desistida su petición.

Tras lo anterior se procederá a confeccionar los listados comprensivos de los solicitantes a los cuales se les ha concedido y denegado estas ayudas. Los cuales se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, para que puedan ser examinados por los interesados y presentar las reclamaciones oportunas, en un plazo de diez Días Hábiles .

C/.- De pago:

El Ayuntamiento una vez transcurrido el plazo de exposición pública y de reclamaciones, y resueltas estas, se procederá al ingreso de la cantidad subvencionada a todos los solicitantes que tengan concedida estas ayudas y no estén dentro de los casos contemplados en el punto 2º letras C y D de estas bases, en la cuenta bancaria indicada en la documentación presentada, antes del día 28 de Febrero de 2026.

7ª/.- VIGENCIA DE LAS PRESENTES BASES:

Esta convocatoria tendrá carácter anual. La vigencia de estas bases será hasta el 31 de Diciembre del 2025, pudiéndose eliminar, mantener o cambiar las mismas para el curso escolar 2026/2027 y siguientes, tanto en su cuantía como en cuanto a las normas para su otorgamiento.