BASES PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS 2023 Y ANEXO SOLICITUD bases presupuestos participativos 2023
BASES PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS 2023 – AQUÍ DECIDES TÚ
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Artículo 1.- Objeto
Los presupuestos participativos tienen como principal objetivo la participación real y directa de la ciudadanía en la vida del municipio de Villamuriel de Cerrato, reforzando las condiciones sociales para que aquélla tenga las mismas oportunidades para opinar, expresar y participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos, facilitar su participación en el diseño y evaluación de las políticas públicas, y establecer las principales necesidades cotidianas del municipio, incluyéndolas en el presupuesto anual, realizando un seguimiento de los compromisos alcanzados, a través de estrategias en un marco de gobernanza multinivel.
Esta iniciativa promovida por el Ayuntamiento de Villamuriel de Cerrato, se inspira en el objetivo de seguir avanzando en el afianzamiento de procesos de democracia participativa, de forma que la ciudadanía sea protagonista activa de las políticas de nuestro municipio, y que ésta pueda aportar ideas de mejora en el desarrollo de su municipio, logrando su mayor implicación en la configuración de espacios y actividades de Villamuriel de Cerrato.
La ciudadanía a través de su participación activa en estos presupuestos participativos propone, decide, comunica, se forma, informa y controla el proceso. El personal técnico municipal asesora sobre la viabilidad legal, técnica y económica de las propuestas presentadas por los ciudadanos, y los representantes políticos electos se comprometen a discutir sus propuestas con la ciudadanía, así como asumir las decisiones y ejecutarlas.
Estos Presupuestos Participativos cuentan con 15.000€ consignados en la partida 450.622.00.02, podrían incrementarse en función de la disponibilidad presupuestaria y el proyecto aprobado.
Los objetivos de este proceso de participación vecinal persiguen cinco aspectos fundamentales:
- Conseguir la mayor participación vecinal posible.
- Establecer un mecanismo sólido de comunicación, interrelación y cogestión de los ciudadanos con el Ayuntamiento.
- Promover la participación ciudadana como herramienta de inclusión social.
- Afianzar la metodología de trabajo conjunto basada en la transparencia, la conciencia de toma de decisiones y opinión.
Artículo 2- Participación y Estructura
- Formas Participación
Todos los ciudadanos empadronados en Villamuriel mayores de 18 años pueden formar parte del proceso de decisión del proyecto a realizar a través de diferentes acciones:
- Difusión y fomento de la participación vecinal.
- Elaborar propuestas y proyectos concretos.
- Recogida y canalización de iniciativas ciudadanas.
- Elección y selección de las propuestas presentadas según los criterios establecidos previamente.
- Votación de las propuestas validadas.
- Seguimiento del desarrollo de la iniciativa finalmente votada y escogida.
- Requisitos, acceso y control.
Para participar en el proceso los ciudadanos deben cumplir los siguientes requisitos fundamentales:
- Estar empadronado en el municipio de Villamuriel de Cerrato.
- Ser mayor de 18 años.
- Realizar la propuesta a través del modelo facilitado, de manera presencial o telemática por las vías y medios habilitados para ello.
- Realizar las votaciones en el periodo y medios establecidos acreditándose debidamente.
- El Ayuntamiento podrá contactar con las personas o grupos que han desarrollado propuestas para ampliar la información.
- El Ayuntamiento velará por el control y cumplimiento de todo el proceso.
- Nivel territorial
- Todo el término municipal de Villamuriel de Cerrato
Artículo 3.- Propuestas
- Requisitos mínimos de recogida
Las propuestas se presentarán cumplimentando el formulario correspondiente y presentándolo a la Concejalía de Participación Ciudadana.
Para que las propuestas sean admitidas deberán cumplir los siguientes requisitos y criterios:
Rellenar el modelo anexo explicando los detalles de la propuesta y completando los siguientes campos:
- Identificación del proponente o proponentes.
- El presupuesto de la propuesta debe ajustarse como máximo al indicado en el artículo 1 de las presentes bases.
- Las áreas a las que podrán ir dirigidas las propuestas serán:
- urbanismo, obras e infraestructuras de espacios públicos.
- mantenimiento de espacios o instalaciones del municipio.
- programas socioculturales, lúdicos, deportivos, de medio ambiente, juventud y educación.
- Deberán ser propuestas de interés general, no siendo consideradas válidas las que solo persigan intereses particulares.
Serán incompatibles las propuestas presentadas para estas materias:
- Gastos de contratación personal
- Contratación de empresas o autónomos para la realización de servicios
- Subvenciones, becas, premios y ayudas de ningún tipo
- Decisiones relativas a ingresos públicos
Las propuestas presentadas que no se ajusten a estos requisitos y criterios serán consideradas inviables y no serán derivadas a la fase de votación
El Área de Participación Ciudadana, junto a los miembros de la Comisión creada al efecto, velarán por el cumplimiento de dichos requisitos.
- Procedimiento
- Las propuestas se separarán por áreas y se trasladarán al personal técnico de esa área para estudiar su viabilidad.
- Las propuestas viables e inviables, elegidas por la comisión de valoración y el personal técnico, se publicarán en el tablón de anuncios, además de en la web, redes sociales y demás medios que disponga el Ayuntamiento.
- La Comisión creada al efecto, valorará y realizará una evaluación técnica, jurídica, económica y de interés social de las propuestas presentadas
- La Comisión seleccionará las 6 propuestas que se votarán por parte de la ciudadanía.
- Se abrirá un plazo para las votaciones, en la web del Ayuntamiento, por parte de los ciudadanos mayores de 18 años empadronados en Villamuriel.
- Tras las votaciones, la Comisión seleccionará la propuesta escogida, teniendo en cuenta el resultado de la votación de la ciudadanía y las valoraciones de viabilidad de dicha Comisión, con criterios técnicos, económicos, jurídicos, de interés social y plazo de ejecución.
- La Comisión deberá realizar un informe público explicando sus valoraciones, puntuándose de mayor a menor interés según los criterios anteriormente expuestos.
Artículo 4.- Comisión de valoración
La comisión estará formada por 7 miembros con voz y voto:
- Presidente – alcalde del municipio
- 2 concejales del Grupo Popular
- 1 concejales del Grupo Socialista
- 1 concejal del Grupo de Izquierda Unida
Éstos estarán asesorados por técnicos municipales que tendrán voz, pero no voto: un técnico del área de cada propuesta presentada y un secretario.
Las valoraciones deberán ser aprobadas por mayoría, siendo preferible la unanimidad en la elección de las propuestas.
Artículo 5.- Votaciones y priorización de propuestas
- Votación ciudadana
- Cada persona (mayor de 18 años) empadronada en el municipio podrá votar una sola vez. Los votos que no estén correctamente cumplimentados induzcan a confusión serán considerados nulos, así como los que contengan escritos o marcas distintas de las necesarias o no sean las oficiales
- Los votos estarán disponibles mientras dure el proceso de selección del proyecto participativo.
- Se podrá votar de forma telemática (web ayuntamiento) y presencialmente en la fecha y hora establecida en cada uno de los barrios.
- El proceso de votación telemático y presencial será controlado por empleados y técnicos municipales asistidos por los miembros de la comisión de valoración.
- El recuento será realizado por la Comisión creada al efecto, que realizará un acta con el resultado de la propuesta ganadora y el orden de las restantes.
Artículo 6.- Difusión del proceso
El Ayuntamiento difundirá a través de la Web, redes sociales, cartelería y todos los demás medios que se dispongan.
Las propuestas se publicitarán sintetizándose su contenido y haciendo referencia donde podrá encontrar el resto de la información más detallada.
Todos los momentos del proceso serán publicados en la Web municipal del Ayuntamiento y en el resto de medios de difusión municipales.
Se deberá informar sobre la evolución de las inversiones del proyecto escogido.
El Ayuntamiento podrá, si lo estima necesario, efectuar un cambio presupuestario para la ejecución de la propuesta ganadora, siempre teniendo en cuenta el respeto del techo de gasto de los Presupuestos.
Artículo 7.- Calendarización
Los plazos y fechas de las diferentes fases serán:
1. Aprobación de las bases: Octubre 2023
2. Difusión del proyecto entre los vecinos: Octubre 2022
3. Presentación de propuestas: Enero y Febrero 2024
4. Valoración técnica y selección de las iniciativas: Marzo 2024
5. Publicación de las propuestas elegidas y su difusión: Marzo/Abril 2024
6. Votaciones: Abril 2024
7. Recuento y proclamación de la elegida: Abril/Mayo 2024
8. Ejecución en la mayor brevedad que permitan las cuestiones técnicas y jurídicas
Las fechas son orientativas y pueden ser objeto de modificación según avance el proceso.
Artículo 9.- Ejecución
Teniendo en cuenta los condicionamientos técnicos y jurídicos que conlleva realizar acciones de obras e inversiones en los ayuntamientos, la propuesta ganadora se ejecutará lo antes posible
Artículo 10.- Cualquier aspecto no previsto en estas bases, o duda sobre la interpretación de estas, será resuelto a criterio de la Comisión creada en el artículo 4.